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 .:Preguntas Frecuentes :.

 

  

  1. ¿Pueden los estudiantes de óptica trabajar como ópticos mientras estudian?  
    1. No.  Los estudiantes de óptica pueden practicar sólo bajo la supervisión de un óptico licenciado y colegiado siempre y cuando esten haciendo su internado o práctica y se halla firmado un acuerdo entre la escuela o colegio que ofrece dichos estudios y la óptica donde se realize esta práctica.

  1. ¿Y los ópticos graduados en espera de tomar la reválida pueden ejercer la óptica?
    • No.  Ni la ley 152, ni la ley 245 estipulan ni proveen amnistía o prorroga alguna para estos casos.  Ambas leyes establecen que solo los ópticos licenciados y colegiados pueden ejercer la óptica en Puerto Rico.

  1. ¿Y las personas que han fracasado en la reválida pueden trabajar mientras sigan tomando los exámenes de reválida?
    • No.  Solo pueden ejercer la óptica las personas con licencia y colegiadas.

  1. ¿Qué labores pueden desempeñar las personas que han fracasado y aún trabajan en el área de la óptica?
    • Cualquier trabajo que no sea el de un óptico licenciado.  Ej.  archivo, data entry, facturación médica, entre otros.

  1. ¿Qué responsabilidad tiene el Colegio para con las personas que no tienen sus licencias al día?
    • La responsabilidad que la ley 245 otorga al Colegio de Ópticos es para con los ópticos colegiados.  Es responsabilidad de cada óptico tener su licencia al día y la responsabilidad de la Junta Examindora de Ópticos velar porque así sea y sancionar a quien no cumpla la ley.

  1. ¿Qué piensa hacer el Colegio de Ópticos para ayudar a los ópticos que no tienen sus licencias al día?
    • Lamentablemente no hay excusa justificable para que los ópticos no tengan sus licencias al día.  En los últimos cinco años se han dado los suficientes créditos de educación continua para recertificar licencias al menos en 5 ocasiones, además en el año 2000-01 la Junta Examinadora de Ópticos concedió una amnistía para que estas personas pudieran poner sus licencias al día pagando una multa y presentando un solo curso de educación continua (Control de Infecciones). Además, durante el año 2007-05 se concedió nuevamente una amnistía y se extendió hasta 2007-09.

  1. ¿Pueden las personas que no tienen sus licencias al día participar de las actividades del Colegio?
    1. Si, de las convenciones y las educaciones continuas dependiendo de la disponibilidad de espacios, ya que los colegiados tendrán prioridad y los costos no serán los mismos que el de los colegiados.  Sin embargo, no podrán participar de las Asambleas Ordinarias ni Extraordinarias ya que por reglamento sólo pueden asistir a ellas los miembros colegiados.

  1. ¿Cuando comenzará el Colegio a intervenir en las ópticas para verificar el estado de los colegiados?
    • Ya comenzó.

  1. ¿Dónde puedo conseguir más información sobre lo aquí discutido?

 

 

 

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